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Transportistas de cargas solicitan la declaración de emergencia para el sector

De acuerdo a lo convenido en la reunión de Mesa Ejecutiva Ampliada de la FADEEAC – Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas -  , donde estuvo presente el presidente de la CEACE –Cámara Empresaria de Autotransporte de Cargas Esperancina - , Jorge Carena, se redactó y le  envió al Ministro de la Producción y el Trabajo, Lic. Dante Sica, la nota en la que, atento al contexto económico crítico, solicitan con carácter de prioridad y urgencia la declaración de emergencia del sector de autotransporte de cargas.

 

Se lo hace con los fines de poder proveer un paquete de medidas tendientes a:

 

- Otorgar previsibilidad sobre el precio del combustible asegurando su libre abastecimiento

 

- La revisión y compensación del valor del peaje pagado por el sector, ó su reducción por subsidio en un cincuenta  por ciento.

 

- El acceso a financiamiento adecuado y con tasas preferenciales, que permita el cumplimiento de las obligaciones crediticias contraídas  y la renovación de flotas.

 

- El dictado de mecanismos de facilidades con alícuotas reducida de tasa de interés,  a medida de las necesidades del sector para hacer frente a las obligaciones fiscales.

 

- La eliminación de multa o, incidencia de impuesto a las ganancias en todos los casos de empresas que adhieran a regularizar situaciones de IVA respecto de reclamos del fisco por situaciones devenida de comprobantes de proveedores de todo tipo.

 

- Extensión a un año de la suspensión de cautelares devenidas de ejecución fiscales.

 

- Alícuota reducida del impuesto a las ganancias del 15% en la medida en que mantengan su nómina de personal en los términos y condiciones que se establezca

 

- Los beneficiarios no serán sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del impuesto a las ganancias.

 

- Promover las actuaciones necesarias tendientes a la inclusión dentro del marco del Pacto Fiscal, de legislación que promueva la exención de los beneficiarios ante todos los regímenes de recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos en Jurisdicciones distintas a las de origen de carga, sin importar la característica de agente de retención/percepción del dador de la misma.

 

 

 

 

CEACE emergencia TRANSPORTE DE CARGAS
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