Ir a votar es obligatorio para todos aquellos que figuren en el padrón, por lo que hay sanciones y multas para quienes no se presenten a sufragar
El domingo 16 de julio se llevan adelante las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Donde se elegirán los candidatos que competirán en los comicios del 10 de septiembre.
Según el Código Electoral provincial "las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, serán una carga pública para los ciudadanos habilitados a votar por el padrón electoral general de la Provincia de Santa Fe, correspondiéndole las mismas sanciones que previene la ley de la materia, a quien no concurra a votar sin causa justificada".
Qué pasa si no voto
Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante el Tribunal Electoral Provincial, deberán pagar una multa cuyo monto se definirá con posterioridad.
Cómo justificar la no concurrencia
La justificación del no voto comienza en la página web del Tribunal Electoral. Se debe buscar dentro de esta web el banner que indique “Justificación de la no emisión del voto”.
Este artículo indica quiénes quedarán exentos a través de una serie de incisos que enumeran los motivos de la no concurrencia. El usuario debe elegir el inciso pertinente por el cual no concurrió al sufragio, completando un cuadro con el N° de teléfono, correo electrónico y el inciso propiamente dicho. Finalmente, el usuario puede elegir imprimir la constancia.
Fuente: diario El Litoral