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Regionales

Letras del Tesoso: Santa Fe con A+

Entre los fundamentos de la valoración, condición necesaria para la emisión de letras, “se destaca el manejo prudente de la provincia en su política de endeudamiento, que deriva en un nivel de deuda muy bajo en término de los ingresos corrientes, que compara muy favorablemente con la media provincial (5,8 por ciento versus 46,3 por ciento en el año 2011)”.

También se resalta el peso económico de la provincia: “Santa Fe se presenta como la tercera economía a nivel nacional, basada en una economía diversificada que le permite mantener cierto potencial para robustecer los ingresos locales para lograr una mejora en su flexibilidad presupuestaria”.

En cuanto a la solvencia financiera, el informe indica que “si bien en el ejercicio 2011, el margen operativo de la provincia se redujo significativamente (éste cayo a 0,9 por ciento desde 7,6 por ciento en el año 2010), la capacidad de pago de la provincia no se vio afectada debido a que se mantuvo una política de endeudamiento muy prudente”.

Respecto al desempeño de la economía santafesina, “Fitch pondera favorablemente aquellas entidades que logran generar márgenes operativos positivos y estables en el tiempo por lo cual considera importante que la administración provincial adquiera en el mediano plazo cierta estabilidad en sus márgenes operativos”.

EMISIÓN DE LETRAS

En el mes de abril, la provincia envió a la Legislatura un proyecto para emitir letras o pagarés a los fines de atender necesidades de financiamiento a corto plazo.

En el mes de mayo, el vicegobernador, Jorge Henn, a cargo del Poder Ejecutivo, firmó el decreto Nº 1.479 mediante el cual promulgó la ley Nº 13.261, para la emisión de 556.365.000 pesos en letras.

Entre otros aspectos, dicha ley fija hasta la suma nominal de 556.365.00, o su equivalente en moneda extranjera, al monto que refiere el artículo Nº 48 de la ley 12.510. El mismo, prevé la posibilidad de obtener recursos para atender situaciones de necesidades de financiamiento de corto plazo, facultando al Poder Ejecutivo a emitir letras, pagarés o medios sucedáneos de pago cuyo reembolso se produzca dentro del ejercicio, hasta el monto que para operaciones de corto plazo fije anualmente la ley de Presupuesto.

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