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La Justicia declaró inconstitucional la ley de cierre dominical de supermercados

La Cámara Civil y Comercial dictaminó a favor de las cadenas Coto y Carrefour, que presentaron un amparo para revertir el cierre de sus bocas los días domingo. Se abre la discusión acerca de la aplicación del fallo.

 

La Justicia provincial declaró inconstitucional la ley de descanso dominical que obliga a los supermercados a cerrar los días domingo. La medida fue a raíz de una presentación de Coto y Carrefour. La aplicación efectiva de la decisión aún no está confirmada.

 

La Cámara Civil y Comercial sentenció que la ley provincial de descanso dominical es inconstitucional, tras la presentación de un amparo de parte de las empresas Coto y Carrefour. Los fallos de los 5 jueces estuvieron divididos y las partes estarían siendo notificadas.

 

La efectividad de la medida abre un debate ya que se puede entender que no debería aplicarse hasta que la sentencia no quede firme por la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, algunas voces consultadas confirmaron que la inconstitucionalidad rige desde el momento en que fue declarada.

 

La ley provincial Nº 13.441 y la ordenanza Nº 9516 establecen –entre otras disposiciones– el cierre de comercios de más de 1.200 metros cuadrados los días domingos y determinados días feriados. La disposición no sólo generó despidos en el sector supermercadista sino que desde el núcleo empresarial se intentó en varias oportunidades frenar la ley a través de distintas medidas procesales.

 

Coto y Carrefour abrirán los domingos a partir del 8 de enero

 

El abogado de Coto, Gonzalo Maderna, aseguró que la declaración de inconstitucionalidad de la ley de descanso dominical habilita a ambas firmas a abrir sus puertas el domingo 8 de enero, teniendo en cuenta que el próximo domingo por ser 1 de enero es feriado. Según indicó, el fallo no está firme pero permite que ya mismo “se pueda ejercer el derecho que reconoce el fallo”.

 

En diálogo con A Diario (Radio 2), el representante legal de Coto, se refirió a la resolución de la Cámara en lo Civil y Comercial que declaró inconstitucional la ley de descanso dominical a instancias del pedido de las cadenas de supermercados que presentaron recursos de amparo contra la normativa. De acuerdo a lo que precisó, la sala se integró con los jueces Darío Cuneo, Ariel Ariza. María de los Milagros Lotti, Gerardo Muñoz y Avelino Rodil. A favor de la inconstitucionalidad votaron Cuneo, Ariza y Rodil. En disidencia, Lotti y Muñoz.

 

“Efectivamente a partir del dictado del fallo uno puede ejercer el derecho que reconoce el fallo. Al declarar la inconstitucionalidad se podría abrir el 8 de enero las puertas, no tiene efectos suspensivos esta resolución más aún cuando las partes demandantes interpongan el recurso de inconstituconalidad”, explicó el abogado.

 

Consultado por los periodistas Ciro Seisas y Hernán Funes sobre la posibilidad de que la resolución no llegue a efectivizarse, observó: “Si la propia Cámara abre el recurso de inconstitucionalidad, pero mientras tanto, no”, descartó y remarcó: “El 8 de enero podríamos abrir en función del reconocimiento del derecho basado en la inconstitucionalidad”.

 

En cuanto a los otros supermercados alcanzados por la ley de cierre, observó: “Como están en otros fueros y ya habían dictado cautelares, no se qué decisión podrán tomar esos tribunales ante la decisión de la Cámara. Imagino que los abogados harán presentaciones por lo resuelto”.

 

Sobre si la inconstitucionalidad está firme, lo negó ya que existe la posibilidad de que se eleve a la Corte Suprema de Justicia provincial, como también podría llegar a la Corte Suprema de Justicia nacional. “El fallo no está firme, incluso si la Corte provincial lo niega, el camino que sigue es la Corte Suprema nacional”, sostuvo.

 

 

 

Fuente: Rosario 3 / EDXD

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