Las elecciones generales nacionales 2023 son este domingo 22 de octubre. En ese contexto, muchos comienzan a preguntarse desde cuándo rige la veda electoral y qué actividades están prohibidas durante este período. También los lugares de votación.
AQUI CONSULTE LUGAR DE VOTACIÓN
De acuerdo con el cronograma publicado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), la campaña de los candidatos debe finalizar 48 horas antes de la apertura de los comicios. Así, desde el viernes 20 de octubre a las 8 de la mañana y hasta el domingo a las 21, rige el período que se llama “veda electoral”.
Esto significa que hasta tres horas después de la finalización de los comicios, no se podrán realizar ciertas actividades que puedan entorpecer el normal desarrollo de la jornada electoral.
Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
- La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
- Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.