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Locales

UCR: el veto al pavimento es no querer hacer la obra

El documento expresa textualmente:

 

 

 

 

EL VETO AL PAVIMENTO ES LA DEMOSTRACIÓN DE LA  FALTA DE VOLUNTAD PARA HACER OBRA PUBLICA MUNICIPAL EN ESPERANZA  

 

El reciente veto de la Ordenanza de pavimento N° 3739 sancionada  por el Concejo Municipal, es la demostración más palmaria de la escasa voluntad de la Intendente Ana Meiners, en llevar adelante las obras fundamentales que la comunidad  reclama, necesita y en la que debería estar trabajando para su concreción. Sumado al error jurídico de modificar y derogar su propio veto enviando un decreto posterior, lo cual deja en duda la validez jurídica de su propio acto anterior, cuestión ultima que el concejo deberá analizar.

 

Igualmente hay que decirlo con todas las letras, cuando un Intendente  veta artículos de una Ordenanza, los mismos quedan sin efecto en tanto y en cuanto  el Concejo no revierta esta situación con los dos tercios.

 

De tal suerte que el Artículo 1° del Decreto N° 10.817 de la intendente    deja sin efecto jurídico ni administrativos los Anexos I y II de la Ordenanza, que son aquellos que  nominan las calles donde se realizaran las obras, sean estas de pavimento de hormigón o de cordón cuneta con ripio, deja sin efecto directamente la posibilidad de la Obra. Pero la situación no termino ahí, reconociendo errores el Departamento Ejecutivo volvió sus pasos atrás y volvió a modificar a través de otro decreto su propio veto.

 

Ahora bien no obstante el mamarracho jurídico realizado a través de dos decretos contradictorios, es necesarios resaltar la pobreza argumental de las justificaciones del veto a saber:

 

01. Factores de Riesgo Hídrico: después de  prometer riesgo hídrico cero y señalar durante los últimos cinco años de gestión que se han efectuado importantes obras de desagües, nos manifiesta  el DEM que existen zonas de la ciudad con vulnerabilidad hídrica y que no tienen las obras de desagües necesarias y que es muy difícil realizarlas, por lo tanto se van a seguir inundando y además no van a tener pavimento.

 

02. Factores Urbanísticas: de acuerdo a lo señalado hay sectores de ciudad que por razones urbanísticas?, no pueden acceder al pavimento de hormigón, pese a que los habitantes de esos sectores solicitaron por Notas al Concejo la incorporación de los mismos.

 

Ahora bien cuál es el concepto urbanístico de la Intendenta? Que parámetros cuantificables y objetivos  se han tomado para evaluara esto? o la utilización de las palabras Factores Urbanísticos es una frase hueca , que esconde el fin de eliminar cuadras de manera caprichosa?.

 

03-Factores Económicos: de acuerdo a lo señalado se eliminan cuadras de pavimento de hormigón  por que los sectores involucrados y que solicitaron la Obra al Concejo Municipal, no podrían según la Intendenta afrontar el pago de la obra, haciendo peligrar la sustentabilidad económica de la  misma.

 

Es por ello que desde el concejo se aumentaron la cantidad de cuotas del Plan, para favorecer la posibilidad que ciudadanos con menor poder económico puedan acceder al pavimento de hormigón. ¿Nos preguntamos, donde queda el rol subsidiario del Estado? ¿hay  estudios económicos que  avalen esta situación? o nuevamente es un argumento vano para  no realizar obras.

 

También es necesario señalar que hay cuadras que se vetan por que no cuentan con proyecto ejecutivo lo cual no es un argumento porque un proyecto de esta naturaleza no puede exceder su ejecución de 90 a 120 días. No hablamos de hacer una compleja obra de ingeniería, ya que es un simple proyecto de pavimento urbano y desagües como se ejecuta en cualquier ciudad o comuna de la zona.

 

Para finalizar debemos señalar una vez más la pobreza técnica del veto,  el cual está conformado por las diez hojas originales que acompaña el mismo, sin contar con ningún dictamen técnico o jurídico de las distintas áreas de la Municipalidad que avalen las  razones del vetos, que hablan de estos elementos como fundamentos sin tener ningún informe que avale tales afirmaciones.

 

Y si tanta improvisación, falta de rigurosidad técnica y seriedad nos parecía poco, la frutilla de este postre es la incorporación de 8  cuadras  San Martín entre García y 27 de Febrero (6) y Río Negro entre América y Tabernig (2) en el veto que no forman parte de la Ordenanza aprobada por el Concejo, y donde se vetan calles de pavimento de hormigón, -14 calles que  figuraban como cordón cuneta con ripio-, si aunque cueste creerlo la Intendenta  y  sus asesores no se dieron cuenta de este grosero error.

 

Estamos convencidos que la razón es otra; la misma es que después de la fallida experiencia del cerramiento de la Plaza, donde una obra sencilla tiene una importante demora, serios errores de concepción y un elevadísimos costo, la Intendenta se ha dado cuenta que no tiene funcionarios capaces de realizar la obra aprobada por el concejo y por ello busca cualquier argumento para no efectuarla.

 

 

 

 

 

Firman: Rodrigo Müller (Presidente), Pablo Comesatti (Vicepresidente 1º), Daniel Sánchez (Vice 2º), Andrea Martínez (Tesorera), Luciano Fontana (Secretario), , Nerea Splendiani (Protesorera), Gisela Mierke (Prosecretaria), Luis Lombo (Secretario de Organización y Proyectos), Miguel Alesso, (Secretario de Relaciones con las Instituciones Intermedias), Alberto Quiñonez, (Secretario Coordinador de los Equipos Técnicos);

 

 

                          UCR ESPERANZA

DOCUMENTO PAVIMENTO ucr VETO
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