La ordenanza sancionada por el Concejo Municipal crea el Instituto Municipal del Hábitat -INMUHA- como Organismo Autárquico de la Municipalidad de Esperanza.
La norma legal destaca numerosas funciones, algunas de las cuales destacamos a continuación:
- Planificar, programar, proyectar, disponer y reformar en materia de la problemática del Hábitat Humano.
- Trabajar en el diseño, desarrollo y ejecución de programas y planes de vivienda.
- Concretar políticas públicas tendientes a permitir el acceso económico a la tierra por medio de urbanizaciones.
- Implementar programas de mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de las viviendas existentes.
- Gestionar programas ante organismos provinciales, nacionales e internacionales públicos y/o privados que permitan obtener financiación.
- Vender, alquilar, escriturar, transferir, permutar, otorgar en comodato, efectuar cobros por ventas y alquileres y en general realizar todas las acciones legales y contables que aseguren el correcto cumplimiento de su misión.
- Realizar las acciones conducentes a la erradicación de asentamientos irregulares.
El Instituto creado por esta ordenanza tendrá un Consejo Directivo que estará compuesto por un Presidente (que será el Intendente Municipal o quien él designe) y 3 Directores. Ninguno de los integrantes del Consejo Directivo tiene derecho a remuneración alguna y los miembros del directorio durarán dos años en sus funciones.
Ese Consejo Directivo del INMUHA puede convocar a un “Consejo Consultivo” que podrá asesorar y asistir al directorio. El mismo estará integrado por representantes del Cicae, gremios, Sociedad Rural, Federación de Vecinales, Entidades Eclesiásticas y APCE.
Las autoridades del Instituto nombrarán un “Director Ejecutivo” que trabajará como gerente del Instituto, que deberá ser un profesional idóneo en la materia, que debe cumplir con las mismas condiciones que un concejal (ser de la ciudad), que ejercerá sus funciones por dos años con posible renovación de contrato y que cobrará el 45% del sueldo de la intendenta. Su contratación debe ser aprobada por el Concejo Municipal.
ACCIONES DEL INSTITUTO
El Instituto Municipal de la Vivienda tiene entre sus atribuciones la posibilidad de:
- Adquirir toda clase de bienes que sean necesarios para el cumplimiento de los fines del Instituto.
- Solicitar al Concejo Municipal la incorporación de los terrenos baldíos, lotes, fracciones e inmuebles que integran el Programa Banco Municipal de Tierras de la ciudad de Esperanza y de todo otro bieninmueble sin afectación o con afectación al uso de la vivienda.
- Disponer de las donaciones de tierra, inmuebles, dinero y todo otro bien proveniente de organismos públicos, instituciones privadas o donantes particulares que reciba para el cumplimiento de sus fines.
- Solicitar a la Intendenta la expropiación de inmuebles por causa de utilidad pública.
- Estimular y auspiciar el perfeccionamiento de la industria de la construcción en Esperanza.
- Deberá crear y mantener actualizado un Registro Único de Aspirantes -RÚA- a planes de viviendas, que permita establecer las prioridades
- Otorgar créditos hipotecarios a personas físicas que hayan demostrado residencia mínima de 5 años en la ciudad de Esperanza, a los efectos de la financiación de hasta el 100 % del valor de la tierra, construcción, ampliación, refacción y remodelación del inmueble.
- Podrá actuar en la regularización dominial de las viviendas.
- Asociarse con el sector privado a los efectos de concretar operaciones.
LOS RECURSOS
El INMUHA tendrá fondos asignados por el Presupuesto Municipal y aquellos que procedan de los alquileres propios, donaciones, subsidios o toda gestión que le otorgue ingresos. Le fueron asignados como fondos permanentes el 5 % de la Tasa de Alumbrado Público, el 50 % de la recaudación de los Derechos de Edificación y el 60 % recaudación de períodos o planes de regularización. También todos los fondos pendientes de cobro de la operatoria “Construir Multiplicando”.
La ordenanza creada destaca que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar para su aprobación al Concejo Municipal un Proyecto de Ordenanza que establezca los estatutos que regirán el INMUHA.
Aquí el texto completo de la ordenanza: Ordenanza Instituto Municipal de la Vivienda.